El Comité Disciplinario del Campeonato, primera instancia disciplinaria de la Dimayor, le puso una sanción de seis fechas a Diego Novoa, arquero de Millonarios. El castigo, que incluye una multa de 1’925.995 pesos, fue por agredir a Jacobo Pimentel, futbolista del Boyacá Chicó.
El 14 de marzo el equipo de Tunja venció como local por 2-1 al conjunto bogotano en la fecha 11 de la Liga Colombiana. Al final del partido hubo un fuerte altercado en la zona mixta, la zona que lleva desde la cancha a los vestuarios. Como la situación no fue vista por los oficiales del partido, el Boyacá Chicó la denunció directamente ante la Dimayor.
Tras un proceso disciplinario de casi un mes, el Comité Disciplinario emitió su fallo en su resolución 37 de 2026. El documento es muy extenso, de nueve páginas llenas de tecnicismos. Revista La Liga le puso la lupa al documento y explica de manera sencilla y concreta el porqué de la sanción.
Aparte del testimonio del jugador agredido, Boyacá Chicó presentó otras tres pruebas: un informe de medicina legal acerca de la herida de Pimentel, una declaración del Secretario Técnico para la Comisión Local de Tunja, Andrés Suárez, y el acta del Puesto de Mando Unificado -PMU- del evento deportivo.
El futbolista alega que fue agredido violentamente por Novoa, que le propinó dos fuertes golpes de manera unilateral, primero un puñetazo y luego un golpe con objeto contundente, causándole heridas graves en la cabeza. Con respecto a las otras pruebas, esa declaración fue respaldada a cabalidad por Suárez, no contradicha por el informe del PMU y es concordante con Medicina Legal.
Por su parte, Millonarios no aportó pruebas sino que se dedicó a controvertir el acerbo probatorio del Chicó. Además, se aferró al derecho de presunción de inocencia de Novoa, aduciendo que los hechos que se investigan no fueron captados por cámaras que arrojen una evidencia visual incontrovertible.
En sus consideraciones finales, el Comité Disciplinario le da la razón al Boyacá Chicó porque encuentra válidas sus pruebas y no ve de parte de Millonarios evidencias que apoyen su causa. El punto clave es la consideración 18, que cita lo siguiente sobre el club ’embajador’:
“Sobre ese particular, si bien remitieron dentro de los tiempos señalados por este Comité escritos de descargos, en los mismos no se hizo una solicitud de decreto y practica de pruebas en favor de su defensa, máxime cuando tales escritos se limitaron a referir que el acervo probatorio aportado por el denunciante era radicalmente insuficiente para sustentar las acusaciones formuladas contra el Club y el jugador, aduciendo que no existía video ni imágenes del hecho sobre el cual Boyacá Chicó fundamentó sus acusaciones”.