Este mismo comité le había dado cuatro fechas de sanción al club de Ibagué, impidiendo la entrada de público a su estadio, porque uno de sus aficionados invadió la cancha y golpeó a Cataño. Al jugador de Millonarios los suspendió con tres partidos sin poder jugar por responder violentamente al ataque que sufrió.
En el caso de Cataño, la autoridad judicial de la Dimayor estimó que, contrario a lo argumentado por el club ‘embajador’, el volante creativo ejecutó una «retaliación» en contra de su agresor, no una «neutralización» para que posteriormente la Policía lo capturara.
En el caso del Deportes Tolima, que alegó una supuesta incoherencia del árbitro Wilmar Roldán en su informe pospartido y quiso exculparse atribuyendo faltas a otros, la Dimayor consideró que estos alegatos no contradecían contundentemente los motivos de la sanción impuesta. Por lo tanto, tampoco se repuso este castigo.
Frente a las dos sanciones hay otro recurso jurídico que los equipos implicados pueden interponer: la apelación, que se presenta frente a una instancia superior al Comité Disciplinario del Campeonato, que es el Comité Disciplinario de la Dimayor.
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